EL JUICIO EN LINEA EN MATERIA FISCAL

EL JUICIO EN LINEA EN MATERIA ADMINISTRATIVA

Te imaginas la posibilidad de presentar y desarrollar un Juicio  través de internet, en el cual se analizara tu personalidad jurídica, requisitos de forma de la demanda, los hechos expuestos, conceptos de impugnación, puntos petitorios, análisis y desahogo de pruebas, y que a través de la RED se le notificara a la parte demandada, y esta te contestara por la misma vía digital y que también por la WEB te notificaran el fallo la sentencia del caso.

A partir del año 2011 la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo implemento reformas legislativas que permitieron este cambio y fundo la ERA digital en el Sistema Judicial Fiscal y Administrativo Federal.

El juicio en línea es el sistema informático que permite registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, trasmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancia en el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa.

ELEMENTOS DEL JUICIO EN LINEA

La Presentación de este medio de defensa es optativo para el demandante, que puede elegir entre el juicio en vía tradicional y el substanciado en línea, siendo imperativo manifestar que una vez elegida esta vía por el demandante será obligatoria para las autoridades demandadas y se aplicaran todas las disposiciones de la ley federal de procedimiento contencioso administrativo (excusa, recusacion, la improcedencia, el sobreseimiento, los incidentes y los recursos seguirán siendo los mismos), así como los plazos y requisitos jurídicos salvo las particularidades que se prevén en el capítulo X denominado (del juicio en línea) que se adiciona al título II.

Los beneficios indudablemente se obtienen con el juicio en línea son:

  • Acceso total a la justicia administrativa vía internet las 24 horas, los 365 días del año y en tiempo real,
  • Agilización en trámites de la demanda y demás promociones por su presentacion vía internet.
  • Justicia más accesible y expedita,
  • Reducción en el tiempo de tramitación y
  • Lo que genera ahorro substancial en tiempo, dinero y papel.

Los artículos 58-N, 58-O y 58-P de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, prevén la forma y los requisitos para la validez de las notificaciones que se practiquen en el juicio en línea seguido ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN EN EL JUICIO EN LINEA

Dichos artículos señalan que se tendrá como legalmente practicada una notificación cuando el Sistema de Justicia en Línea del propio órgano genera el acuse de recibo electrónico donde conste la fecha y hora en que las partes notificadas ingresaron al expediente electrónico, lo que deberá suceder dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha en que se envíe el aviso a la dirección de correo electrónico de quien deba ser notificado (artículo 58-N, fracción IV).

En el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal se integrará el Expediente Electrónico, mismo que incluirá todas las promociones, pruebas y otros anexos que presenten las partes, oficios, acuerdos, y resoluciones tanto interlocutorias como definitivas, así como las demás actuaciones que deriven de la substanciación del juicio en línea, garantizando su seguridad, inalterabilidad, autenticidad, integridad y durabilidad, conforme a los lineamientos que expida el Tribunal.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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3 thoughts on “EL JUICIO EN LINEA EN MATERIA FISCAL

  1. Buenos dias, mi consulta es la siguiente: somos un grupo de Ejecutores fiscales al servicio de la agencia fiscal de cd. Obregón, Sonora. Trabajamos bajo el régimen de honorarios. Pagamos impuestos como cualquier trabajador. La agencia fiscal y el gobierno del estado nos retiene el 20% de nuestros honorarios quincena tras quincena, aparte de los impuestos de Ley. Solo nos dicen que es para formar un fondo revolvente contenido en un artículo del CFF. es legal pagar este tributo aparte de los impuestos de ley que ya nos descuentan?

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