Requerimiento de pago y embargo del SAT

Requerimiento de pago y embargo del SAT

Si has sido de las personas a las cuales el SAT les solicita el Requerimiento de pago de un adeudo fiscal o la mala suerte de que te hayan embargado tus bienes o cuentas bancarias significa que probablemente dejaste pasar el plazo de 45 días que te otorga el Código Fiscal de la Federación para pagar un crédito fiscal o en su caso el plazo que se te haya otorgado específicamente, por lo que a esta fecha el plazo ya está vencido, y al no recibir el pago ni tener conocimiento de que has interpuesto un medio de defensa, el SAT inicia el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), para cobrarte el crédito fiscal.

El Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) se integra por diversas acciones legales que el SAT realiza con el objeto de efectuar el cobro forzoso de los créditos fiscales los cuales están integrados de las siguientes fases:

  1. Mandamiento de ejecución.
  2. Requerimiento para que lleve a cabo el pago, o en su caso se demuestre haberlo efectuado.
  3. Embargo.
  4. Determinación del valor de los bienes embargados.
  5. Convocatoria para remate.
  6. Remate.
  7. Adjudicación.
  8. Aplicación del producto del remate.

Cuando el SAT remata tus bienes embargados, del dinero que obtiene de la enajenación de estos si obtiene los recursos suficientes  para cubrir la totalidad de su crédito, entonces se salda totalmente el crédito fiscal. Pero si no se lograra cubrir, el SAT realizará una ampliación de embargo, por la diferencia aun no cubierta, es decir, que embargará nuevos bienes, hasta que su crédito quede totalmente pagado

Una ampliación de embargo es prácticamente una orden para embargarle otros bienes que alcancen a cubrir la diferencia que persiste a su cargo y con ello inicia un nuevo proceso de remate. Por ultimo es importante el señalar que todos los gastos inherentes al Procedimiento Administrativo de Ejecución, conocidos como gastos de ejecución, serán cargados al adeudo.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

http://www.crsabogados.com/

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19 thoughts on “Requerimiento de pago y embargo del SAT

  1. Nos agrada mucho sus comentarios hacia el tema Licenciado Carlos Silva

  2. Que opinan si solamente se pudiera cobrar un solo gasto de ejecución durante el Procedimiento Administrativo de Ejecución y no por cada diligencia, como lo establece el código?

    1. Hola blanca,,, yo considero que es mas justo el cobro por cada diligencia,,, por que no siempre el PAE culmina con una sola diligencia si no que pueden existir multiples como pasa cuando es suspendida la diligencia del PAE por un Amparo o Recurso de Revocación o la garantía del Interés Fiscal y aun asi se realizan gastos por ejemplo la contratación del cerrajero cada ves que se trata de ejecutar el PAE,,, y muchas gracias por preguntar 🙂

  3. ¡Hola, Buen día!
    ¿Es posible que este mandato de ejecución se aplique a personas que no estén inscritas en el RFC? Lo digo porque me han enviado un mandato de ejecución con información ambigua, por ejemplo, el que en teoría es mi RFC le falta el homoclave. Me he dirigido a las oficinas del SAT y me dijieron que no estaba inscrito en el RFC y que en su sistema no aparezco en modo alguno. ¿Es posible que esto sea una modalidad de extorsión? de antemano muchas gracias.

    1. a tu primer pregunta si es posible, y si no apareces en la base de datos del SAT con adeudo alguno,,, entonces probablemente si te quieran EXTORSIONAR ABUZADO

  4. Buenas tardes

    Que puedo hacer si llego personal del SAT a mi domicilio a entregarme un citatorio en el cual solo dice que es requerimiento de pago o embargo y no tengo conocimiento del pago que me están solicitado. Deben entregarme la ficha de pago y darme un tiempo para pagar, o cual es el procedimiento correcto?

    1. si No sabes porque te estan cobrando,,, puedes demandar la nulidad de ese cobro con fundamento en el articulo 16 fraccion II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para que te lo den a conocer,,, y solicitar la suspension del acto garantizando el interes Fiscal para que no te embarguen hasta que resuelva en definitiva si es legal o NO el cobro… para mas información llámame al 6671958031

  5. Un comentario respecto a.un credito adeudado al.infonavit, bloquean cuentas no se.sabe porque credito pq.no notificaron el oficio de inmovilizacion de las cuentas bancarias, la pregunta con el estado de adeudo que aparecere en patrones del.pagina del.infonavit se puede entablar la demanda, descociendo los creditos?

    1. si No conoces la Resolucion por escrito del INFONAVIT donde fundamenta y motiva porque te estan cobrando,,, puedes demandar la nulidad de ese cobro con fundamento en el articulo 16 fraccion II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para que te lo den a conocer,,, para mas información llámame al 6671958031

  6. Buenas tardes abogado, tengo un problema con el sat, ya que en noviembre solicite pago en parcialidades pagando el 20 %, el pago lo realize en noviembre, pero la solicitud la ingrese en diciembre, el caso es que me la negaron, requiriendo el pago total o esperar al embargo, me dan una opción de volver a pagar el 20% y solicitar las parcialidades dentro de 10 días hábiles, ya lo hice tanto el pago como la solicitud de las parcialidades, me dicen que tengo que ingresar al portal del sat y en casos sac contestar el escrito de la notificación, ya ingrese pero no encuentro lo que se denomina casos sac, me puede apoyar orientándose en esto y también en el escrito, gracias y saludos

  7. buen dia Lic.
    en 2003 asentaron una orden de embargo en el rpp en las escrituras de mi propiedad
    y nada mas, yo vivo ahi pero ahora quiero vender y quitar ese aviso, como puedo hacerle
    por favor

    saludos cordiales

  8. Mi pago es adeudo salio por 100,000 pesos pero no los tengo para pagar, nada mas tengo un terreno como de un millon de pesos me lo pueden quitar

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