Índice del Articulo
El Principio de Progresividad
En estas últimas décadas ha existido un avance significativo en cuanto a la protección y alcance los derechos humanos, esto gracias a que en los mismos subsiste el Principio de Progresividad en efecto el artículo 26 de la Convención Americana de los Derechos Humanos establece;
Artículo 26. Desarrollo Progresivo
Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.
El Principio de Progresividad en México
El Principio de Progresividad está previsto en el artículo 1o. constitucional y en diversos tratados internacionales ratificados por México. Dicho principio, en términos generales, ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos humanos en la mayor medida posible hasta lograr su plena efectividad, de acuerdo con las circunstancias fácticas y jurídicas.
Su ejercicio en los Poderes de Gobierno
El Principio de Progresividad indica al Poder Legislativo la obligación de ampliar el alcance y la tutela de los derechos humanos; y para el Ejecutivo y Judicial el deber de interpretar las normas de manera que se amplíen, en lo posible jurídicamente, esos aspectos de los derechos.
En conclusión el Principio de Progresividad impone al Estado, entre otras cuestiones, la prohibición de dar un paso atrás en cuanto a la protección aplicación e interpretación de los Derechos Humanos, circunstancia por la cual los derechos humanos siempre están sujetos a un escrutinio estricto, por todos los poderes de Gobierno.
por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)
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