Efectos legales de las Constancias de Notificación Ilegibles

Efectos legales de las Constancias de Notificación Ilegibles

En la práctica del Derecho es vitalmente necesario dejar una plena constancia de las actuaciones, de ahí que se halla creado la famosa frase “Papelito Habla”, la cual hace alusión a que lo formalmente manifestado en un escrito es prueba de la realidad de las circunstancias y actuaciones que ese momento estuvieren aconteciendo.

Ahora bien, cuando esta por realizarse una notificación la ley exige que el personal Notificador levante un acta o constancia en la cual revele los pormenores de esa diligencia en razón de que, lo que está por manifestarle o notificarle al Gobernado puede trascender su esfera jurídica. Por ello se requiere que lo que escriba en un acta de notificación sea claro preciso y comprensible a simple vista.

¿Qué pasa con las Constancias de Notificación Ilegibles?

En este orden de ideas, re­sultan ilegales las constancias de notificación que exhiba en juicio la autoridad demandada y que resulten ilegibles en lo anotado por el notificador, ya sea por el tipo de caligrafía utilizado, o por lo difuso, indefinido e impreciso que resulten ser las copias que de dichos documentos se exhiba.

Lo anterior bajo la premisa de que en tales circunstancias no permiten valorar debida e indubi­tablemente lo ahí anotado por el notificador, ya que a fin de tener por debidamente circunstanciadas las actas relativas a las diligencias de notificación, no debe quedar duda de lo que fue expresado en su texto por el notificador actuante, texto que debe ser claro y completamente comprensible a primera vista.

Algunas cons­tancias de notificación resultan ilegales por ilegibles

Esto es con la finalidad, de que permita comprender el significa­do de todos y cada uno de los caracteres empleados, y con ello conocer con certeza y exactitud los hechos que fueron asentados en dichas actas, pues de lo contrario se llegaría al extremo de que la circunstanciación ahí asentada depen­diera de la interpretación que se efectuara de la misma, en un intento de descifrar qué pretendió expresar el notifica­dor, pudiendo incluso variar dicha interpretación de lector a lector, por lo que de no permitirse su exacta comprensión a primera vista, ello trae como consecuencia que tales cons­tancias de notificación resulten ilegales por ilegibles.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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