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Multa por no traer permiso de carga federal
La Multa por no traer permiso de carga federal se encuentra establecida en los artículos 8 fracción XI y 74 Bis fracción III de la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal y determina sanciones de hasta 100UMAs ósea, como de $11,000.00 MX , estos preceptos de en su contenido citan;
Artículo 8o.- Se requiere permiso otorgado por la Secretaría para: XI. El transporte privado de personas y de carga salvo lo dispuesto en el artículo 40 de la presente Ley. …
Los permisos se otorgarán a todo aquel que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley y su reglamento.
¿Qué vehículos necesitan el permiso de transporte privado de carga?
Los vehículos que necesitan permiso de carga son aquellos que transportan mercancías y bienes en las carreteras federales del país y que cuentan con un peso bruto superior a 3,857 kilogramos.
Para obtener un permiso de transporte privado de carga, las personas físicas deben solicitarlo a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). Este permiso permite transportar bienes propios o relacionados con las actividades de la persona física, sin que la transportación genere un cobro.
¿Cómo puede cancelarse una Multa por efectuar transporte privado de carga sin el permiso?
Esta multa federal puede puede cancelarse si se demuestra que el oficial al imponerla NO asentó en la Boleta de Infracción evidencias contundentes que demuestren que el chofer estaba efectuando el transporte privado de carga, por ejemplo, levantando un Acta Circunstanciada que detalle que mercancía se estaba trasladando.
En resumen, si el oficial solo se limita a manifestar que se estaba efectuando el transporte privado de carga, pero sin demostrarlo, esa multa es ILEGAL.
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