¿Qué Derechos Tengo al ser infraccionado por la Guardia Nacional o la SCT?

¿Qué Derechos Tengo al ser infraccionado por la Guardia Nacional o la SCT?

1. Derecho a que el oficial se identifique inicialmente

Quizás alguna ves te hayas preguntado; Qué Derechos Tengo al ser infraccionado por la Guardia Nacional? Estos derechos tienen sustento Legal en el artículo 14 y 16 Constitucional y en el 3ro fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y es un requisito de Validez del Procedimiento.

Quiere decir que el oficial inmediatamente al inicio de que tenga contacto contigo deberá de exhibirte su nombramiento expedido por escrito que lo acredito como autoridad competente en la materia para poder imponer infracciones como Oficial de la Guardia Nacional.

2. Derecho a que el Oficial Federal te manifieste la razón de la detención

Es tu derecho el ser informado de manera plena cual es la razón, motivo o circunstancia por la cual fuiste detenido, y posteriormente, en su caso multado y que esa Boleta de Infracción se te entregue personalmente para tengas un conocimiento detallado de la multa. Este derecho se encuentra establecido en la fracción II del artículo 203 del REGLAMENTO de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

3. Derecho a impugnar tu Infracción Federal si así lo deseas

Todas las multas federales de la guardia nacional al reverso en su punto numero #5, manifiestan el que tienes el Derecho de impugnarlas, y esto se hace a través de la presentación de una demanda en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, recuerda que solo tienes 30 días hábiles para hacerlo contados a partir de que te entregan tu Boleta de Infracción.

4. Derecho a pagar tu multa federal con un descuento

En caso de que pagues una multa debes de saber que entre más rápido se haga tiene sus beneficios, la propia multa al reverso en su punto numero #6 así lo manifiesta, descuentos que van desde el 25% hasta el 50% de descuento.

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