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Como puedo Divorciarme desde otro país con un Poder consular

Como puedo Divorciarme desde otro país con un Poder consular

Como puedo Divorciarme desde otro país con un Poder del Consulado mexicano

Alguna vez te has preguntado; ¿Cómo puedo Divorciarme desde otro país? Algunas personas se encuentran en esta paradoja porque necesitan Divorciarse de matrimonios celebrados en México, pero están imposibilitados de acudir a territorio mexicano.

Cabe aclarar, que cuando ambas partes están de acuerdo en Divorciarse en algunos estados de la Republica las Audiencias de Divorcio pueden darse por internet. Pero cuando NO están de acuerdo ambas partes el caso se complica, porque para la RATIFICACION o EXPRESION de intensión de Divorciarse en el juicio es totalmente personal.

El Poder Consular para Pleitos y Cobranzas para tramitar Divorcios

La clave para poder llevar a cabo el proceso de Divorcio en México estando en el Extranjero es la elaboración de un Poder General para Pleitos y Cobranzas en específico para la representación el el procedo y Juicio de Divorcio expedido por el Consulado General de México en el país donde usted resida. Por ejemplo:

Una clienta de nosotros vivía en Phoenix USA se quería divorciar en el estado de Sinaloa México y le era imposible venir físicamente, así que a través de la elaboración de un Poder General para Pleitos y Cobranzas expedido por el Consulado General de México en Phoenix Arizona de los Estados Unidos de América nos dio la facultad de poder gestionar su proceso de Divorcio.

Este Poder nos autoriza para actuar en nombre y representación de nuestra clienta en la presentación de cualquier tipo de demanda de Divorcio, ante el juez que resulte competente y para seguir e intervenir en su nombre en todas las instancias legales que resulten necesarias hasta su conclusión: como Ratificar firmas, convenios y escritos, realizar gestiones legales y extrajudiciales, y continuar todos los trámites legales correspondientes a dicha demanda hasta obtener sentencia defectiva que declare disuelto.

¿Qué costo tiene un Poder General para Pleitos y Cobranzas expedido por el Consulado?

De conformidad al artículo 23 de la Ley Federal de Derechos tiene un costo en el 2024 de 168 Dolares Americanos.

¿Qué Autoridad firma un Poder General para Pleitos y Cobranzas expedido por un Consulado?

Lo debe de firmar el Cónsul General de México en ese Consulado actuando en funciones de Notario Publico

Para más información llamamos al 6671958031 CRSAbogados o llene el siguiente formulario:

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