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EL PASE DE LISTA A LOS PENSIONADOS DEL ISSSTE

Pase de lista a pensionados del ISSSTE

Pase de lista a pensionados del ISSSTE

A continuación hablaremos sobre la suspensión del pago a pensionados del ISSSTE por no cumplir con el requisito del pase de lista, el cual en ocasiones es ilegalmente adoptado por la autoridad en mención una vez que advierte que el pensionado no acudió al comúnmente denominado pase de lista implementado por el ISSSTE.

Lo anterior trata de ser sustentado por la autoridad de conformidad al artículo 34 del Reglamento de Prestaciones Económicas y Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el cual en su contenido resume que el Instituto debe cerciorarse de la comparecencia personal de los pensionistas, a efecto de llevar a cabo la verificación de la vigencia.

Ilegalidad de la suspensión del pago a pensionados del ISSSTE

Sin embargo en la practica se ha visto que el ISSSTE una vez que advierte que el pensionado no acudió al comúnmente denominado pase de lista efectua la inmediata suspensión del pago de su pensión misma que es ilegal en virtud de que el precepto de ley mencionado NO señala como consecuencia jurídica que el pago de la pensión se suspenderá ni mucho menos que el sistema lo hará de manera automática si el pensionista no comparece a dicha revisión.

Bajo este orden de ideas si el Instituto es demandado a través del Juicio Contencioso Administrativo y no exhibe en dicho juicio la resolución debidamente fundada  y motivada, en la que expresamente determine dicha suspensión, y únicamente manifiesta que el sistema suspendió automáticamente la pensión, es evidente que deja en estado de indefensión al pensionista.

Conclusion

Por lo tanto como todo el acto narrado con antelación deviene de ilegal el Tribunal Federal de Justicia Administrativa debe reconocer el derecho de la parte actora a percibir íntegramente su pensión, al no haberse acreditado en el juicio la legalidad de dicha suspensión.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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