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RELACI脫N ENTRE EL ESTADO Y EL CONTRIBUYENTE

RELACI脫N ENTRE EL ESTADO Y EL CONTRIBUYENTE

RELACI脫N ENTRE EL ESTADO Y EL CONTRIBUYENTE

Antes de hablar de la relaci贸n entre el Estado y el contribuyente, debemos recordar, que los impuestos se crean mediante el proceso legislativo y se establecen en ley. En este sentido, la relaci贸n entre Estado y contribuyente tiene su origen en una ley y es regida por normas tributarias. Por tanto, a esta relaci贸n se le denomina relaci贸n jur铆dico- tributaria.

Ahora, veamos c贸mo surge esta relaci贸n jur铆dico-tributaria. La norma fiscal establece hechos hipot茅ticos que constituyen los hechos por los cuales, de ocurrir en la realidad, los gobernados tendr铆an que pagar impuestos o dem谩s contribuciones. A estos hechos hipot茅ticos se les denomina hechos imponibles. As铆, el hecho imponible es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada contribuci贸n y cuya realizaci贸n origina el nacimiento de la obligaci贸n tributaria principal: el pago de contribuciones; as铆 como la facultad del Estado de percibir, y en su caso, exigir dichos pagos.

Como se trata de hechos hipot茅ticos, pueden ocurrir o no. Si no ocurren, no hay relaci贸n jur铆dico-tributaria; pero cuando se realiza el hecho imponible en la realidad, entonces surge una relaci贸n entre el Estado y los contribuyentes, cuyo resultado es un conjunto de derechos y obligaciones para ambos. Como hemos mencionado, la obligaci贸n principal que surge de esta relaci贸n es la obligaci贸n pagar los impuestos u otras contribuciones, aunque esta no es la 煤nica obligaci贸n, como lo detallaremos en otro momento.

Tomando en cuenta lo anterior, esta relaci贸n puede definirse como el v铆nculo jur铆dico que se establece entre un sujeto llamado activo (Estado) y otro sujeto llamado pasivo (el contribuyente), que surge en virtud de la ley, por cuya realizaci贸n el contribuyente se encuentra en la necesidad jur铆dica de cumplir con ciertas obligaciones formales y de entregar al Estado cierta cantidad de bienes, generalmente dinero, que 茅ste debe destinar a la satisfacci贸n del gasto p煤blico. En resumen, la relaci贸n jur铆dico-tributaria tiene las siguientes caracter铆sticas:

  • Es un v铆nculo personal entre Estado y contribuyente.
  • Tiene su origen en la ley, como acto emanado del poder legislativo (sin ella no puede existir relaci贸n jur铆dico- tributaria).
  • Nace al producirse el presupuesto de hecho (hecho imponible) previsto en ley.
  • Trae como consecuencia una serie de derechos y obligaciones.
  • La obligaci贸n principal a cargo del contribuyente consiste en pagar impuestos o dem谩s contribuciones.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS
(Licenciado en Derecho y en Contadur铆a P煤blica)

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2 pensamientos sobre “RELACI脫N ENTRE EL ESTADO Y EL CONTRIBUYENTE”

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