El Proceso de Modificación de una Norma oficial mexicana

El Proceso de Modificación de una Norma oficial mexicana

Las investigaciones científicas, creación de nuevos productos, innovación, y la industrialización, son elementos indispensables para el desarrollo de nuestra nación. Es por ello que el estado debe procurar la creación de circunstancia que incentiven mejoras en nuestros estándares de vida como consecuencia de una mejora en la economía. En función de lo anterior el estado también debe de crear las normatividades rectoras en esta materia, una de esta los es, la Normas oficial mexicana.

Que es una Norma oficial mexicana (NOM)

De conformidad con el articulo 3 fracción XI de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, una Norma oficial mexicana es la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Protocolo de modificación de una Norma oficial mexicana (NOM)

Ahora bien, del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se advierte que el procedimiento ordinario de modificación de las Normas Oficiales Mexicanas se orienta hacia la existencia de un pluralismo valorativo de carácter técnico-científico, e inclusive social, en la determinación del modo en que debe regularse una determinada actividad o materia en el Estado mexicano, dicho precepto de LEY en su contenido indica;

Importancia de la pluralidad y cooperación de la Sociedad en las NOMs

Como pudimos observar con antelación, del párrafo 2do de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,  surge la naturaleza de pluralidad y cooperación colectiva en la modificación de las NOMs, sectores los cuales deberán realizar dichos cambios de la forma más informada posible y a través de la intervención y valoración de profesionales especializados en la materia; de centros de investigación científica o tecnológica, así como de los colegios de profesionales que formen parte de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización respectivos.

Ello es así, porque la valoración basada en el principio de precaución se compromete con una evaluación científica lo más completa posible y, si fuera viable, identificando, en cada fase, el grado de certidumbre científica que exprese la gravedad del impacto o un peligro o daño al medio ambiente o sobre la salud de la población, incluida su persistencia, reversibilidad y demás efectos colaterales.

En ese proceso valorativo, la participación ciudadana se vuelve indispensable, en tanto permite efectuar un análisis más completo del impacto que puede ocasionar la realización de un proyecto o actividad determinada.

En suma, la conjunción de la participación ciudadana y la aplicación del principio de precaución ambiental tiene el potencial de permitir y promover procesos de toma de decisiones democráticos, informados e inclusivos, en los que diferentes voces sean escuchadas y consideradas, tratándose de los posibles riesgos que conllevaría para nuestra nación, la creación o la modificación de una Norma Oficial Mexicana.

por CARLOS RUBEN SILVA URIAS

(Licenciado en Derecho y en Contaduría Pública)

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