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Derecho a la Devolución del Pago de Multas Federales Anuladas en Juicio
¿Sabías que tienes derecho a la devolución del pago de una multa federal?
El Derecho a la Devolución del Pago de Multas Federales Anuladas en Juicio nace si se consigue una Sentencia Judicial que declare la Nulidad. Aun habiendo realizado el pago de una multa federal, toda persona tiene derecho a demandar la nulidad de esa infracción y de reclamar la devolución del dinero pagado por una multa federal.
¿Qué se necesita para reclamar la devolución del pago de una infracción federal?
Lo que se necesita es conservar la boleta de infracción y el comprobante de pago en su formato original y demandar la nulidad de esa sanción a través del juicio contencioso administrativo 3º días hábiles después de que se levantó dicha multa.
¿Cómo se puede reclamar el dinero pagado por una multa federal?
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 50, penúltimo párrafo, en relación con el artículo 52, fracción V, inciso a), ambos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se establece que en las sentencias que emita el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se podrá declarar la nulidad de la resolución impugnada y además reconocer al actor la existencia de un derecho subjetivo y condenar al cumplimiento de la obligación correlativa a la autoridad, siempre que se constate el derecho que tiene el particular y la ilegalidad de la resolución impugnada.
Bajo esta tesitura si un Tribunal resuelve que una Boleta de Infracción Federal es ilegal y la demandante acredita haber efectuado su pago correspondiente, y por medio del juicio solicito la devolución. El Tribunal tiene la obligación de reconocer al actor la existencia del derecho subjetivo a la devolución y condenar al cumplimiento de la obligación correlativa, a la autoridad demandada.
¿Qué se puede hacer si la autoridad no regresa el dinero aun siendo obligada por una sentencia?
Por irónico que parezca existen ocasiones en las que aun existiendo una Sentencia que obliga a la Guardia Nacional o a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes en un plazo de 30 días, dichas autoridades hacen caso omiso al cumplimiento de ese fallo. Lo que se debe de hacer es, esperar a que pasen esos 30 días hábiles y promover una Queja por Incumplimiento de Sentencia, por medio de dicho recurso el gobernado puede externar su reclamación al tribunal quien solicitara un informe a la autoridad demandada para que en un plazo de 3 días realice sus manifestaciones, habiéndose exhibido este o sin el tribunal analizara si existen pruebas que demuestren que ya se haya regresado el dinero.
Si aún No se regresa el $$$ el Tribunal apercibirá a la autoridad demandada a que en un plazo no mayor a 3 días regrese dicho importe o en defecto, aplicará una sanción equivalente a 300 o hasta 1000 UMAs, o la inhabilitación del servidor público encargado de cumplimentar ese fallo.
Quieres reclamar una multa federal de la Guardia Nacional???
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