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¿Qué es un Precedente Judicial?
Un precedente Judicial es una norma adjudicada a la luz de una controversia específica que proporciona una base para resolver un caso idéntico o similar que se presente posteriormente y que involucre una cuestión de derecho similar.
¿Por qué los Precedente Judicial son orientadores?
Un precedente judicial tiene fuerza vinculantes y orientadoras porque supone que los casos iguales y análogos a aquel en el que se creó deben ser resueltos, en principio, por el mismo tribunal conforme a lo que dicho precedente establece. Así como fuerza vertical, en tanto que los casos fallados por una Alta Corte o Tribunal Constitucional tienen un efecto vinculante sobre tribunales de rango menor.
¿Por qué es obligatorio un Precedente Judicial?
Asimismo, el precedente cuenta con fuerza obligatoria directa en asuntos en donde las circunstancias fácticas sean idénticas, pero también cuenta con fuerza vinculante indirecta en aquellos casos en que existan diferencias no sustanciales. Lo primero, ya que las normas adscritas suelen tener la estructura de reglas, esto es, se conforman de un antecedente o supuesto de hecho determinado en las cuales operan exclusivamente y una consecuencia jurídica concreta en caso de actualizarse el supuesto de hecho.
Los precedentes cuentan con fuerza vinculatoria gravitatoria, es decir, la norma adscrita que opera en forma de regla no sólo se actualiza en aquellos casos iguales, sino también en aquellos equiparables o análogos, pues en los casos en que existen circunstancias equiparables, deben primar las mismas razones y el mismo trato. Por tanto, el precedente no sólo obliga al tribunal a observar si el caso es idéntico al precedente, sino también a que, en caso de que no sea idéntico, resuelva sobre el grado de similitud o diferencia.
La aplicación por analogía del Precedente Judicial
Bajo este orden de ideas, en caso de encontrar que las diferencias del asunto no son de una entidad sustantiva, la fuerza gravitatoria del precedente vinculará al tribunal a observar la norma adscrita y a aplicarla analógicamente. En caso de que advierta que las diferencias son de una entidad sustancial que conduzca a la distinción del asunto con el precedente, podrá estimar la no aplicabilidad de éste y resolver conforme a derecho y a su libre arbitrio judicial.
¿Qué circunstancias rigen en la aplicación del Precedente Judicial?
La aplicación de un precedente se rige, entonces, por las técnicas del razonamiento analógico, pues mientras los preceptos deben aplicarse por medio de un proceso deductivo, ya que el supuesto normativo posee las características de ser expreso, abstracto y general; la regla del precedente, en cambio, se construye en el proceso mismo en que va a ser aplicado a un caso subsecuente y a través de comparar las situaciones fácticas del caso que establece el precedente y el nuevo asunto a resolver.
¿Por qué los Precedentes Judiciales NO constituyen reglas generales?
Desde esta perspectiva, los precedentes no constituyen reglas generales preestablecidas de las cuales se pueda deducir la solución de casos concretos a forma de subsunción, pues la regla surge y se define en el proceso mismo de su aplicación a un caso nuevo. Por tanto, la característica principal en la aplicación del sistema de precedentes estriba en que el tribunal obligado a observar el precedente debe analizar si la ratio decidendi aplica en cada caso concreto.
¿Cómo se crea un Precedente Judicial?
Ahora bien, cuando el juzgador emite su fallo, enuncia los hechos que se probaron durante el procedimiento, para después aplicar el principio normativo sobre aquéllos y, finalmente, pronunciar el criterio jurídico de la resolución judicial. Este elemento se denomina ratio decidendi, y es el único que cobra autoridad y que formalmente se considera un precedente pues, al ser el criterio subyacente a la controversia resuelta a la que se limita el uso de la jurisdicción, se convierte en obligatorio para casos posteriores.
Todo lo anterior tiene sustento en la; Tesis: VII.2o.C.5 K (11a.) publicada el el viernes 18 de febrero de 2022 a las 10:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
¿Que hacer cuando la Superintendencia de Notariado y Registro Inmobiliaria viola, desacata, precedente de Fallo de Sentencia Judicial Ejecutoriada, violando el precepto con fraude de Registro, violando con vulneración los Derechos Fundamentales Universales de la Vivienda digna, tengo todas las pruebas irrefutables pero no se a quien acudir que adelante Imputación de cargos de Reparación directa por los daños antijuridicos. P ROCESO DEREHO DE PERTENENCIA POR DEMANDA SOBRE CUERPO CIERTO POR LA LEY 9a DE 1998 No. 76 Familias demandantes, Victimas Inocentes Terceros afectadas. .
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