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Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje

Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje

Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje

La Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje, se da cuando los autotransportistas federales NO entregan a sus pasajeros un BOLETO que acredite que se está contratando y prestando un servicio de autotransporte de pasajero.

La falta de entrega de un Boleto de servicio genera inseguridad porque el pasajero tiene derecho a saber con un documento los términos y condiciones del servicio pactado, inclusive a solicitar el reembolso de su dinero en caso de retrasos, además de que un Boleto garantiza recibir un seguro de daños en caso de un accidente.

Esta Multa tiene sustento en los artículos 29, 70, 71 y 72 REGLAMENTO de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, este precepto de ley manifiesta lo siguiente:

ARTICULO 29.- Los usuarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros tendrán los siguientes derechos:

  1. Recibir el servicio que ampara el boleto en los términos y condiciones que correspondan a la clase de servicio;

ARTICULO 70.- Los autotransportistas deberán entregar a todo pasajero en el momento en que cubra el importe de su viaje,

ARTICULO 71.- Antes de abordar un vehículo, el pasajero deberá adquirir el correspondiente boleto. Cuando el pasajero suba en puntos intermedios del camino lo adquirirá a bordo.

ARTICULO 72.- El pasajero deberá conservar durante el viaje el boleto que ampare la totalidad del recorrido que realice.

¿Qué datos deben de contener los Boleto de servicio de Autotransporte Federal?

De acuerdo al citado REGLAMENTO los boletos deberán contener, además de los requisitos fiscales respectivos, los siguientes datos:

I.        Denominación social de la empresa o nombre de la persona que lo expida y domicilio;

II.       Clase de servicio;

III.      Origen y destino;

IV.     Precio del transporte;

V.      Fecha del viaje;

VI.     Número de asiento en su caso;

VII.    La mención de que se encuentra cubierto el seguro del viajero, y

VIII.   El monto de la indemnización que el autotransportista pagará al pasajero por pérdida o daño del equipaje documentado, siempre que no hubiera declarado el valor.

¿De cuánto es la Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje?

De acuerdo al último párrafo del artículo 70 y 74 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal esta multa es hasta de 100 UMAs ósea hasta de $11,000 pesos.

¿Qué recurso procede contra esta Multa Federal?

Toda Boleta de Infracción de la Guardia Nacional, manifiesta en su reverso en los # 4 y 5 los Recursos Legales que proceden contra ella,,, La mejor forma de cancelar una Multa Federal es Impugnarla ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dentro de los 30 días siguientes en que le fue entregada la Boleta de Infracción.

En CRSAbogados te GARANTIZAMOS LA CANCELACION DE TU MULTA FEDERAL. Recuerda que entre más rápido se demande la nulidad de una multa más pronto se cancela, y que solo tienes 30 días para demandar la NULIDAD de una Multa Federal o después pierdes el derecho. Puedes contactarnos llenando el siguiente formulario.

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    2 pensamientos sobre “Multa por NO expedir boletos de autotransporte federal de pasaje”

    1. Pingback: Multa por no traer permiso de carga federal y Cancelacion CRSAbogados⭐

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