multa por estacionarse en superficie de seguridad

Multa por estacionarse en superficie de seguridad o rodamiento

La multa federal por estacionarse en superficie de seguridad o rodamiento es una infracción grave en carreteras y puentes de jurisdicción federal en México.

Esta sanción se aplica cuando un vehículo se detiene o estaciona en la superficie de rodamiento (carril de tránsito) o en zonas prohibidas como acotamientos sin justificación de emergencia, poniendo en riesgo la seguridad vial.

La Guardia Nacional (División Caminos) impone esta boleta durante patrullajes o revisiones, conforme al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

¿Qué prohíbe exactamente la norma?

  • El Artículo 151 obliga a que todo vehículo parado o estacionado quede fuera de la superficie de rodamiento (en el acotamiento), orientado en el sentido de la circulación.
  • El Artículo 154 permite parar en la superficie de rodamiento solo por causa de fuerza mayor (avería, emergencia), ocupando el mínimo espacio y dejando visibilidad suficiente.
  • El Artículo 155 prohíbe estacionar en lugares como aceras, doble fila, frente a entradas, puentes, túneles, curvas, cimas o cualquier sitio que obstruya o ponga en peligro el tránsito.
  • El acotamiento se destina exclusivamente para paradas de emergencia o eventuales; no para estacionamiento prolongado ni recreativo.

Estacionarse en la superficie de rodamiento o acotamiento sin motivo justificado viola estas reglas y genera alto riesgo de accidentes por colisiones a alta velocidad.

Fundamento legal de la multa federal

  • Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal (DOF 22-11-2012, vigente en 2026).
  • Principalmente Artículo 151 (reglas generales de parada/estacionamiento), Artículo 154 (excepción por fuerza mayor) y Artículo 155 (prohibiciones específicas).
  • Sanciones detalladas en el Artículo 164 y disposiciones relacionadas (multas de 20 a 50 veces la cuota diaria según gravedad y tipo de violación). Aproximadamente desde $2,400 hasta $6,300.
  • Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (sanciones administrativas).

¿Cómo evitar esta multa federal?

  • Detente solo en el acotamiento en caso de emergencia (avería, llanta ponchada, etc.).
  • Coloca triángulos de señalización a distancia adecuada (mínimo 50-150 m según el caso) y enciende luces intermitentes o de emergencia.
  • En pendiente, calza las llantas y orienta correctamente.
  • Evita paradas prolongadas en acotamiento sin necesidad; usa áreas designadas o salidas.
  • En caso de fuerza mayor en rodamiento, minimiza ocupación y asegura visibilidad.
  • Respeta señalización (prohibido estacionar, curvas, obras, etc.).

Pasos para Impugnar y Cancelar una Multa Federal

Toda Boleta de Infracción de la Guardia Nacional, manifiesta en su reverso en los # 4 y 5 los Recursos Legales que proceden contra ella,,, La mejor forma de cancelar una Multa Federal es Impugnarla ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dentro de los 30 días siguientes en que le fue entregada la Boleta de Infracción.

En CRSAbogados te GARANTIZAMOS LA CANCELACION DE TU MULTA FEDERAL. Recuerda que entre más rápido se demande la nulidad de una multa más pronto se cancela, y que solo tienes 30 días para demandar la NULIDAD de una Multa Federal o después pierdes el derecho.

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