Multa por Adherir material que obstruye la visibilidad de la Guardia Nacional

Multa por Adherir material que obstruye la visibilidad de la Guardia Nacional

Esta infracción que puede llegar de $1200 hasta $2500 pesos MX tiene sustento en el artículo 48 fracción I del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, y en su contenido cita;

Artículo 48.- El parabrisas, la ventana posterior, las ventanillas y las aletas laterales de los vehículos automotores, deberán:

I. Estar libres de cualquier material adherido que disminuya la clara visibilidad del conductor, y

II. Estar provistos, el parabrisas y la ventana posterior, de un dispositivo limpiaparabrisas para la lluvia, nieve u otra humedad que dificulte la visibilidad. Dicho dispositivo deberá estar instalado de modo que pueda ser accionado por el conductor del vehículo.

Los materiales transparentes utilizados en el parabrisas, ventana posterior, ventanillas y aletas laterales deberán ser inastillables para que en caso de rotura el peligro de lesiones se reduzca al mínimo.

Ejemplo de Multa por Adherir material que obstruye la visibilidad de la Guardia Nacional

Un ejemplo seria la instalación de un polarizado demasiado obscuro que disminuya la visibilidad del conductor al manejar el cual evidentemente representaría un riesgo mayor en cuanto a la seguridad propia y la de terceros, siendo esta la razón de ser de dicha sanción razones de seguridad. A continuacion le dejamos un ejemplo.

@crsabogados

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Como Cancelar la Multa por Adherir material que obstruye la visibilidad de la Guardia Nacional

Si el oficial no acredita en la Boleta de Infracción de qué forma se cercioro y demuestra con pruebas que el conductor tenía en su vehículo adherido material que obstruye la visibilidad entonces la Multa es ilegal. Lo anterior en razon de que para un acto de autoridad sea valido NO basta con afirma en este caso que fue adherido material que obstruye la visibilidad, lo anterior tiene que ser demostrado.

Para anular tu multa llámanos al 6671958031 CRSAbogados o llena el siguiente formulario:

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