Multa por adelantar vehículo por la derecha de la Guardia Nacional

Multa por adelantar vehículo por la derecha de la Guardia Nacional

La Multa Federal por adelantar vehículo por la derecha tiene sustento en el 148 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, y sanciona con montos hasta de $2500 a quienes incurran en esta infracción, dicho articulo cita;

Artículo 148.- El conductor de un vehículo sólo podrá adelantar por la derecha a otro que transite en el mismo sentido, cuando:

I. El vehículo alcanzado esté a punto de dar vuelta a la izquierda, y

II. La vía federal cuente con dos o más carriles en el mismo sentido.

El conductor de un vehículo que adelante por la derecha a otro en forma distinta a los supuestos de las fracciones I y II del presente artículo se sancionará con multa de 15 a 20 veces la cuota diaria establecida en este Reglamento.

¿Qué es adelantar o rebasar un vehículo?

Adelantar o Rebasar es una maniobra que consiste en sobrepasar a otro vehículo que circula delante de nosotros, en el mismo sentido y a una velocidad inferior.

La maniobra de adelantamiento es una de las más peligrosas, por lo que es recomendable extremar las precauciones y, antes de realizarla, cerciorarse de que no se va a causar ningún peligro. Una vez confirmado que se puede llevar a cabo, hay que realizar la maniobra con rapidez, pero sin brusquedad y con suficiente reserva de aceleración. solo se puede adelantar en los tramos permitidos y cuando exista visibilidad suficiente.

¿Cómo anular la Multa por adelantar vehículo por la derecha?

La Multa federal por adelantar vehiculo por la derecha puede ser anulada a través del Juicio Contencioso Administrativo, por vicios en cuanto a su llenado, recuerde que solo tiene 30 días para demandar.

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